El pasado 02 de abril inició la campaña de la Declaración de la renta 2024. Esta puede realizarse por Internet, vía telefónica o personalmente acudiendo a las oficinas de la Agencia Tributaria
El mes de abril marca un momento clave en el calendario fiscal, ya que da inicio a la campaña de la Declaración de la renta 2024en España. Hoy día, numerosos contribuyentes tienen ciertas dudas sobre cómo realizarla, ya sea por Internet, por teléfono o de manera presencial, así como sobre la documentación que necesitan para hacerla. Aquí, te detallamos los principales pasos que debes conocer.
¿Cuándo inicia y finaliza la campaña de la Declaración de la renta 2024?
El plazo voluntario para realizar la Declaración de la Renta 2024, inicia el 2 de abril y culmina el 30 de junio, según información del portal web de la Agencia Tributaria.
Además, existen tres fechas clave que varían según el método de declaración que se elija:
- Por Internet: a partir del 02 de abril hasta el 30 de junio.
- Por teléfono: a partir del 06 de mayo hasta el 30 de junio. En esta modalidad es necesario solicitar cita previa y podrá realizarse desde el 29 de abril al 27 de junio.
- Personalmente en oficinas: a partir del 02 de junio hasta el 30 de junio. En esta opción también se debe solicitar cita previa, en este caso es a partir del 29 de mayo hasta el 27 de junio.

¿Es necesario cita previa? ¿Cómo pedirla?
Depende del método. Si se va a realizar la declaración por Internet no se requiere, pero sí es obligatorio pedirla para hacerla por vía telefónica o de manera presencial en las oficinas. La cita puede gestionarse en línea, mediante el servicio automatizado 91 535 73 26 (o al 901 12 12 24, de pago), o llamando al número dedicado a la renta, el 91 553 00 71 (o al 901 22 33 44, de pago). En cualquier caso, deberá esperarse a que comience el plazo habilitado para poder solicitar cita previa, ya que no es posible pedirla con antelación.
Paso 1: Revisar los datos fiscales
Previo a realizar la declaración, es importante consultar los datos fiscales, es decir, la información que la Agencia Tributaria posee de cada contribuyente. Estos datos incluyen nombres y apellidos, el DNI y el domicilio fiscal, entre otros. Es crucial asegurarse de que toda esta información se encuentre actualizada y sea correcta para prevenir errores en el proceso.
Una vez confirmados los datos personales, se podrán consultar los rendimientos de trabajo, donde se detallan los ingresos, las retenciones aplicadas y los gastos deducibles correspondientes. Al final de esta sección, aparecen las casillas de la declaración con cada uno de estos conceptos desglosados, facilitando su verificación.
Dicha información puede consultarse a través de la App de la Agencia Tributaria o en la página web oficial. Para acceder, será necesario tener el certificado digital, DNI electrónico, estar registrado en la plataforma Cl@ve, el número de referencia de una declaración previa o el sistema de Autenticación de Ciudadano UE (eIDAS).
Vale la pena recordar que la Declaración de la Renta 2024 es un impuesto anual que grava las rentas adquiridas a lo largo del ejercicio fiscal previo. En esta ocasión, corresponde declarar los ingresos del año pasado, por lo que todos los datos y cálculos deben ajustarse a ese periodo.
Paso 2: Reunir la documentación
A pesar de que la Agencia Tributaria cuenta con suficiente información fiscal del contribuyente, es aconsejable reunir todos los documentos que acrediten su situación económica. Esta documentación no solo sirve de respaldo, sino que además puede permitir acceder a posibles deducciones. Estos son los más indispensables:

- Identificación personal: DNI/NIE del declarante.
- Datos bancarios: número IBAN de la cuenta donde desea recibir la devolución o hacer el pago.
- Documentación de inmueble:
- Escrituras y referencia catastral de todas las propiedades (incluyendo vivienda habitual, segundas residencias, locales o plazas de garaje).
- Comprobante del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- Comprobantes para deducciones:
- Alquiler: NIF del arrendador y justificantes de los pagos realizados.
- Hipoteca: comprobantes de intereses pagados y seguros asociados.
- Donaciones y cuotas: Justificantes de aportaciones a sindicatos, partidos políticos o entidades benéficas.
- Documentación laboral:
- Trabajadores por cuenta ajena: nóminas y certificados de retenciones proporcionados por la empresa.
- Autónomos o profesionales independientes: Facturas de ingresos y gastos deducibles.
- Compras y ventas de vivienda:
- Recibos de compraventa de la vivienda habitual, con importes, gastos notariales y fechas.
- Inversiones financieras:
- Registro de operaciones con criptomonedas o acciones (fechas e importes).
- Subvenciones y premios:
- Justificantes de ayudas públicas, becas o premios recibidos.
Estos documentos simplificarán el proceso y ayudarán a maximizar posibles deducciones fiscales.
Paso 3: Prueba con el simulador de la renta
Este paso es completamente opcional. Si deseas conocer el posible resultado de tu declaración antes de presentarla oficialmente, puedes utilizar el simulador de la renta, una herramienta gratuita proporcionada por la Agencia Tributaria. Al acceder al simulador, se crea automáticamente una declaración en blanco que deberás completar manualmente, comenzando por los datos personales. A continuación, aparecerá una interfaz muy similar a la de la declaración oficial en formato digital.
Es importante tener claro que, como su propio nombre indica, se trata únicamente de una simulación sin validez legal. Su función no es presentar la declaración, sino ofrecer una previsión aproximada del resultado. Esto puede resultar especialmente útil para planificar con antelación y evitar sorpresas.
Para que la estimación sea lo más precisa posible, es fundamental disponer de toda la información fiscal relevante e introducirla correctamente en el sistema. Cuantos más datos exactos proporciones, más fiable será el cálculo que obtengas.
¿Cómo obtener y usar Cl@ve Móvil para la Declaración de la Renta 2024?

Como mencionamos anteriormente, la campaña de la Declaración de la Renta 2024arrancó el pasado 2 de abril, y los contribuyentes pueden gestionarla mediante el sistema Cl@ve, una plataforma de identificación electrónica que permite realizar trámites con las Administraciones Públicas.
¿Qué es Cl@ve?
Es una plataforma que autentica la identidad de los ciudadanos mediante una contraseña personal y un código PIN enviado por SMS o a través de la app. No requiere recordar claves complejas, ya que la autenticación se realiza con un clic, escaneando un QR o confirmando una notificación en el dispositivo móvil.
Desde el pasado mes de marzo, Cl@ve PIN se integró en Cl@ve Móvil, redirigiendo automáticamente a esta última. Quienes no usen la app pueden recibir un código temporal por SMS.
¿Cómo registrarse?
Hay algunas modalidades que conciernen a dos opciones de registro:
- Registro básico: por Internet con una carta de invitación (acceso limitado a ciertos servicios).
- Registro avanzado: en línea con certificado electrónico o DNIe, o presencial en una oficina. Tras registrarse, se recibe un SMS de confirmación para activar la contraseña permanente.
¿Cómo usarla para la Declaración de la Renta 2024?
Los contribuyentes pueden identificarse con Cl@ve de 3 formas:
- Escaneando un QR con la app.
- Usando el DNI o NIE.
- Mediante Cl@ve PIN, recibiendo un código por SMS.
Para obtener más información, puede visitar la web de la Agencia Tributaria.

¿Quiénes están obligados a realizar la Declaración de la Renta 2024?
Según la Agencia Tributaria, deben declarar las personas que cumplan alguno de estos requisitos:
- Ingresos del trabajo superiores a €22.000 anuales con un único pagador.
- Rendimientos laborales por encima de €15.876 anuales con dos o más pagadores, si el segundo y siguientes suman más de €1.500.
- Pensionistas con varias pensiones que superen €15.876 anuales y no hayan usado el modelo 146 para retenciones.
- Trabajadores con ingresos mayores a €15.876 cuando el pagador no haya retenido impuestos.
- Quienes tengan pérdidas patrimoniales de €500 o más en el año.
- Propietarios de inmuebles (pisos, locales, garajes, etc.) si sus rentas del trabajo, actividades económicas o ganancias patrimoniales superan €1.000 anuales.
¿Quiénes NO están obligados?
No deben declarar:
- Quienes ganen menos de €22.000 anuales con un solo pagador.
- Quienes perciban menos de €15.876 anuales con varios pagadores (salvo que los pagadores adicionales sumen más de €1.500).
- En algunos casos, aunque haya más de un pagador, si el total no supera €22.000 y los ingresos adicionales no pasan de €1.500.
¿Y los autónomos?
Todos los trabajadores autónomos (incluidos los del Régimen Especial de Trabajadores del Mar) deben realizar la declaración, independientemente de sus ingresos.