Si necesitas tramitar la renovación del Arraigo Social en España, te daremos todos los detalles acerca de este trámite
Una de las autorizaciones que más se tramita en España es justamente la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales o Arraigo Social. Es a través de ella que gran parte de los extranjeros logran acceder por primera vez al permiso de residencia.
Al vencerse esta autorización, debe ser renovada. Si no sabes cómo gestionar la renovación de tu arraigo social, te invitamos a que te quedes leyendo nuestro post, en donde te daremos la orientación necesaria para que lo logres con todo éxito.
Renovar el Arraigo Social en España
Para empezar debemos hacerte una aclaración, y es que, en realidad y jurídicamente hablando, no se trata de una renovación como tal. Más bien, es una modificación de la autorización.
A pesar de que el proceso es parecido al de la renovación, la realidad es que ésta solo se trata de una modificación a la autorización.
¿Cuáles son las vías que existen para renovar el Arraigo Social?
Para que puedas realizar la renovación de tu arraigo social en España, debes tomar en cuenta estas opciones:
Arraigo Social (con Contrato de Trabajo)
Si tu caso es que has conseguido este arraigo o mediante una oferta de empleo, al momento de renovarlo tendrás que solicitar una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia. Para ello, debes cumplir con todos los requisitos que establece la ley. Será necesario entonces que demuestres que estás en cualquiera de estos supuestos:
- Cuando se acredita la relación laboral responsable de la concesión de la autorización para su renovación.
- Si el trabajador tenga un período de actividad laboral de por lo menos tres meses por año y que además se encuentre en cualquiera de estas circunstancias:
- Habiendo suscrito un contrato de trabajo con un empleador nuevo de acuerdo con las características de la autorización para trabajar y haya figurado en situación alta al momento de solicitar la renovación.
- Que cuente con un nuevo contrato con los requisitos que establece el Artículo 64 y con inicio de vigencia que se encuentre condicionado a la condición de renovación.
- Interrupción de la relación laboral por causas ajenas a su voluntad y que haya buscado empleo mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo.
- Estando el trabajador en alguna de las siguientes situaciones que están previstas en el art. 38.6 b) y c) de la Ley Orgánica 4/2000:
- Por otorgar al trabajador una prestación por desempleo. En este caso debe consignar la documentación acreditada de la concesión de la prestación contributiva para acreditarlo.
- Si es beneficiario de una prestación económica asistencial pública con el fin de lograr la inserción social o laboral.
- El art. 38.6.d) de la Ley Orgánica 4/2000, se dicta de la siguiente forma:
- Cuando el empleado acredite que ha encontrado empleo y esté en alta dentro del régimen que corresponde a la Seguridad Social durante nueve meses (mínimo) en un período de doce o dieciocho meses en un período de tiempo de veinticuatro. Esto será, siempre y cuando su última relación laboral haya sido interrumpida por causas ajenas a su voluntad y buscado empleo de forma activa.
- Que el cónyuge haya cumplido con cada uno de los requisitos económicos para la reagrupación del trabajador. Solo se podrá realizar la renovación, cuando la persona con la que el extranjero mantenga una relación de análoga afectividad a la conyugal cumpla con el requisito debidamente, todo ello dentro de los términos que se establecen en materia de reagrupación familiar.
- Al extinguirse el contrato de trabajo o por haberse suspendido la relación laboral, como consecuencia de que la empleada haya sido víctima de violencia de género.
Arraigo Social como autónomo (cuenta ajena)
Si tu caso es que eres emprendedor con Arraigo Social, lo que te van a solicitar al momento de la renovación es una Autorización de Residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
Como autónomo puedes acceder a este tipo de arraigo, y para ello debes demostrar que cumples con cada uno de los requerimientos para esta renovación, solamente en los supuestos que mencionaremos a continuación:
- Debe seguir con la actividad que dio lugar a dicha autorización que deseas renovar, con la condición de haber cumplido con las debidas obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Que el cónyuge o la persona con la que mantienes relación análoga a la conyugal consigne los requisitos económicos necesarios para llevar a cabo la reagrupación.
- Ser beneficiado por la protección por cese de actividad.
¿Dónde se solicita la renovación de Arraigo Social en España?
Para gestionar este trámite, tienes que dirigirte hasta la Oficina de Extranjería más cercana a tu domicilio, en donde presentarás la renovación en los plazos legales que establece la ley, para ello tienes que:
- Presentar la renovación en los 60 días antes de que tu tarjeta caduque.
- Presentar renovación de la tarjeta en los 90 días después del vencimiento de la tarjeta. Te recordamos que en esta parte debes tomar precaución, ya que Extranjería podría imponer una multa por dejar caducar la autorización.
Puedes llevar a cabo este trámite de forma presencial, pero también, lo podrás gestionar de forma telemática.